

Incosa inicia su actividad como ECLU
Fecha
03/05/2010
La pasada semana INCOSA ha obtenido la autorización provisional del Ayuntamiento de Madrid para la actuación como ECLU (Entidad Colaboradora en la Gestión de Licencias Urbanísticas). Se trata de una figura novedosa y pionera puesta en marcha por el Ayuntamiento de la capital para mejorar la eficacia en la gestión y control de las Licencias Urbanísticas de Actividades. Por ahora es un modelo adoptado únicamente por este municipio, pero es posible que con el tiempo se traslade a otros Ayuntamientos.
Las funciones de la ECLU son la Gestión y Tramitación de solicitudes de Certificados de Conformidad mediante las funciones de Verificación y Control, es decir, mediante la valoración de la documentación recibida y la verificación del cumplimiento de la legalidad urbanística. Cuando así sea se emitirá el CERTIFICADO DE CONFORMIDAD que las empresas y particulares deberán acompañar a cualquier solicitud de Licencia que presenten ante el Ayuntamiento de Madrid.
La ECLU ejerce por tanto un papel de entidad de inspección en materia de legalidad urbanística, manteniendo no obstante el Ayuntamiento la potestad de concesión de una Licencia.
El proceso de autorización provisional como ECLU ha supuesto:
- La superación de una evaluación preliminar por parte de la ENAC, que ha verificado el cumplimiento de determinados requisitos de la Norma ISO 17020, fundamentalmente aquellos que tienen que ver con la independencia e imparcialidad de INCOSA para el ejercicio como ECLU
- La cualificación de un equipo de seis personas en materia de legalidad urbanística y sus diferentes ramas técnicas a través de un proceso de formación intensivo tutelado por el propio Ayuntamiento
- La realización de una fuerte inversión en materia informática para asegurar la disponibilidad de un sistema compatible con el del Ayuntamiento
Serán objeto de verificación y control por parte de la ECLU todas las actividades de titularidad privada con independencia de que su implantación, desarrollo, modificación y cambio requiera o no la realización de obras excluyendo el uso residencial.
- Solicitudes de licencias urbanísticas y de comunicaciones previas para la implantación, modificación o cambio de actividad, impliquen o no la realización de obras. A partir del 1 de abril del 2010.
- Solicitudes de licencias que requieran proyecto técnico para definir, aprobar y ejecutar las obras precisas para la implantación, modificación o cambio de actividad por el Procedimiento Ordinario Común y Abreviado. A partir del 1 de abril del 2011.
- Controles Periódicos de las actividades regladas en la Ordenanza. A partir del 1 de abril del 2013.
Por último, indicar que se habilitado una página Web específica de la ECLU INCOSA para facilitar la consulta ciudadana y el intercambio de información con los titulares de las actividades. Su dirección es www.ecluincosa.es



